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Detalles del programa

Departamento de Cuidado de Salud y Servicios Para Familias (HFS) recibió fondos del Fondo Estatal de Emergencia de Remediación Urgente del Coronavirus enconformidad con la Ley Pública 101-0637, Artículo 30 (la “Ley”). Estos fondos están destinados al apoyo de los proveedores que brindan atención y servicios a los beneficiarios bajo el Programa de Asistencia Médica y que responden al COVID-19 proporcionando una infusión de fondos para cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia de COVID-19 y gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia de COVID-19. El Programa de pagos de estabilidad relacionados con la pandemia estatal CARES Act para fondos disponibles a través de la Ley Federal CARES (el "Programa HFS CARES") operado por HFS proporciona la distribución rápida y específica de estos fondos a los proveedores de cuidado de la salud de Medicaid inscritos con HFS que han sido económicamente perjudicados por COVID-19.

Los pagos serán exclusivamente para los gastos incurridos entre el 1 de marzo y el 30 de diciembre de 2020 relacionados con la pandemia asociada con el nuevo coronavirus 2019 (COVID-19) Emergencia de salud pública emitida por el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. (HHS) el 31 de enero de 2020 y la emergencia nacional emitido por el Presidente de los Estados Unidos el 13 de marzo de 2020.

Tras la presentación de una solicitud, los solicitantes deben esperar diez días de negocio para su revisión y pueden recibir solicitudes de información adicional durante este período. Los solicitantes serán notificados del resultado de la solicitud después de la revisión. Si tiene éxito, los solicitantes deberán firmar y enviar el Acuerdo de Subvención a HFS dentro de diez días de negocio. Los pagos de subvención no se emitirán antes de que se reciba el Acuerdo de Subvención firmado. Las solicitudes deben presentarse antes del 31 de octubre de 2020.

Para ser elegible para el programa HFS CARES, los proveedores deben estar inscritos en el sistema IMPACT antes del 1 de marzo de 2020 y haber recibido un pago por un umbral mínimo de servicios de Medicaid. Los proveedores también deben proporcionar una contabilidad completa y la divulgación de las subvenciones federales y estatales recibidas o asignadas de CARES o fondos COVID-19 relacionados para el año calendario 2020.

SE PRIORIZARÁN LOS FONDOS PARA LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE MEDICAID Y PARA LLENAR LAS DEFICIENCIAS QUE OTROS RECURSOS NO TENGAN. AL MENOS EL 30 POR CIENTO DE LOS FONDOS SERÁN ASIGNADOS A LAS ÁREAS DE ALTO IMPACTO DEL ESTADO.

Asistencia en centros de atención a largo plazo

Visión general

Este flujo de fondos está diseñado para apoyar a los proveedores de servicios de atención a largo plazo, incluidos aquellos que ofrecen servicios a áreas impactadas de manera desproporcionada en base a casos positivos de COVID-19 según las Secciones 35 y 36 de la Ley. Esta fuente de financiación excluye las instalaciones especializadas de rehabilitación de salud mental, ya que esas instalaciones recibieron una asignación específica en virtud de la ley. Los fondos están destinados a cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia de COVID-19 y los gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia COVID-19.

Criterio de elegibilidad

Para ser elegible para recibir asistencia financiera de este flujo de fondos, debe ser un proveedor registrado de Medicaid en el estado de Illinois que haya experimentado dificultades económicas en forma de mayores gastos de atención médica, gastos planificados para responder a la pandemia de COVID-19 y / o disminución de la utilización y los ingresos como resultado directo de la pandemia COVID-19. Los siguientes tipos de proveedores pueden ser elegibles para este flujo de financiación:

  • Hogares de ancianos
  • Agencias de salud en el hogar
  • Proveedores de programas de apoyo de vida
  • Centros de atención intermedia para personas con discapacidades del desarrollo ("ICF / DD")
  • Centros de enfermería especializada
  • Arreglos de vivienda integrados comunitarios ("CILA")
  • Médicamente complejo para las instalaciones con discapacidades del desarrollo ("MC/DDs")

Gastos permitidos

Los pagos serán exclusivamente para los gastos incurridos relacionados con la pandemia asociada con el nuevo coronavirus 2019 (COVID-19) Emergencia de salud pública emitida por el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. (HHS) el 31 de enero de 2020 y la emergencia nacional emitido por el Presidente de los Estados Unidos el 13 de marzo de 2020 entre el 1 de marzo y el 30 de diciembre de 2020. Los fondos están destinados a cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia COVID-19 y los gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia COVID-19. Los gastos elegibles incluyen:

  • Adquisición y distribución de equipo médico duradero y suministros médicos consumibles (y eliminación), equipo de protección personal (EPP) o suministros para el control de infecciones
  • Gastos generales de pruebas, detección, tratamiento, rastreo de contactos y aislamiento de COVID-19 y gastos generales de infraestructura y operaciones de atención médica
  • Gastos relacionados con la identificación de casos, el seguimiento, la notificación oportuna de datos de casos, la identificación de contactos, la caracterización de la transmisión de enfermedades y el seguimiento de las características epidemiológicas relevantes, incluidas la hospitalización y la muerte
  • Coordinación de los mensajes de salud pública y los esfuerzos de información pública de emergencia
  • Costos de nómina, pago por peligrosidad y beneficios
  • Teletrabajo y telemedicina
  • Los costos de construcción asociados con el establecimiento de facilidades de salud temporales, la mejora de las medidas de mitigación, la expansión del acceso de prueba en la comunidad mediante el uso de "sitios de prueba emergentes" y el aumento de la capacidad de tratamiento
  • Gastos de saneamiento y distanciamiento social
  • Capacitación de los empleados necesaria debido a una emergencia de salud pública
  • Respuesta médica de emergencia, incluido el transporte médico de emergencia
  • Utilidades
  • Pagos de alquiler, hipoteca, arrendamiento

Valor de Fondos Aprobados

La distribución de fondos para centros de atención a largo plazo se llevarán a cabo en tres fases:

  1. Primera ronda de distribución de fondos antes del proceso de adjudicación basado en la solicitud que se basó en una fórmula desarrollada por HFS que estima el aumento de los costos asociados para tres meses de pago por condiciones de vida peligrosas, ajustado por las restricciones legales. Esta fórmula considera los datos del censo de Medicaid a nivel de la instalación durante el pico de la ola 1 de COVID-19, el tipo de instalación, la concentración de infecciones por COVID-19 en la población general en el código postal de cada instalación, el personal promedio en todo el estado durante el pico de la ola 1 de COVID-19 y el gasto real de la instalación sobre los costos adicionales de personal desde el inicio de COVID-19.
  2. Segunda ronda de fondos basada en solicitud, así como la formula de elegibilidades máximas de financiamiento (“MFE”) desarrollada por HFS que evaluará los datos del censo de Medicaid y los datos reportados por los solicitantes con respecto a los costos asociados con su respuesta al COVID-19, sus costos planificados para continuar respondiendo y preparándose para olas adicionales de Infección por COVID-19, menor utilización e ingresos como resultado de COVID-19 y otros fondos de COVID-19 recibidos de fuentes federales, estatales u otras agencias.
  3. Cualquier ronda posterior de premios para distribuir los fondos restantes basados en la evaluación de HFS y la asignación de fondos para cubrir los gastos incurridos y planificados que no se cubrieron con los fondos recibidos en la primera y segunda ronda de premios para los solicitantes aprobados.

Divulgaciones Adicionales

Al enviar una solicitud de asistencia financiera, usted comprende y acepta estar obligado por los términos y condiciones de un Acuerdo de Subvención entre usted y el Departamento de Atención Médica y Servicios Familiares de Illinois si acepta los fondos otorgados. Aquí puede encontrar un ejemplo del acuerdo de subvención, incluidos sus términos y condiciones. A continuación, se incluyen algunos detalles adicionales sobre la fuente de financiación del programa HFS CARES:

  • Identificación de concesión federal: Fondo de ayuda para el coronavirus
  • Número FAIN: SLT0042
  • Fecha de adjudicación federal: 16 de abril de 2020
  • Descripción del proyecto de adjudicación federal: La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica para el Coronavirus ("Ley CARES") estableció el Fondo de Alivio para el Coronavirus de $150 mil millones ("el Fondo"). Los pagos deben usarse para los gastos necesarios incurridos debido a la emergencia de salud pública con respecto a la Enfermedad del Coronavirus 2019 (COVID-19) entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de diciembre de 2020. Los pagos deben usarse para cubrir costos que no se contabilizaron en el presupuesto aprobado más recientemente el 27 de marzo de 2020. De lo contrario, los gobiernos tienen amplia discreción para utilizar pagos para gastos que van desde pruebas COVID-19 hasta reembolsar a las pequeñas empresas los costos de interrupción de negocios causados por cierres requeridos.
  • Agencia federal adjudicadora: Departamento del Tesoro de EE. UU.
  • Entidad de paso: Departamento de Servicios de Salud y Familia de Illinois
  • Número CFDA: 21.019
  • Nombre CFDA: Coronavirus Relief Fund
  • Designación de I + D: no I + D

Asistencia para Centros de Salud Federalmente Calificado

Visión general

Este flujo de fondos está diseñado para brindar apoyo a los Centros de Salud Federalmente Calificados (FQHC), Clínicas de Tasa de Encuentro y Centros de Salud Rurales incluidos aquellos que prestan servicios en áreas impactadas de manera desproporcionada en base a casos positivos de COVID-19 según las Secciones 40 y 41 de la Ley. Los fondos están destinados a cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia de COVID-19 y gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia de COVID-19.

Criterio de elegibilidad

Para ser elegible para recibir asistencia financiera de este flujo de fondos, debe ser un proveedor inscrito en Medicaid en el estado de Illinois que haya experimentado dificultades económicas en forma de mayores gastos de atención médica, gastos planificados para responder a la pandemia de COVID-19 y / o disminución de la utilización y los ingresos como resultado directo de la pandemia COVID-19.

Gastos permitidos

Los pagos serán exclusivamente para los gastos incurridos relacionados con la pandemia asociada con el nuevo coronavirus 2019 (COVID-19) Emergencia de salud pública emitida por el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. (HHS) el 31 de enero de 2020 y la emergencia nacional emitido por el Presidente de los Estados Unidos el 13 de marzo de 2020 entre el 1 de marzo y el 30 de diciembre de 2020. Los fondos están destinados a cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia COVID-19 y los gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia COVID-19. Los gastos elegibles incluyen:

  • Adquisición y distribución de equipo médico duradero y suministros médicos consumibles (y eliminación), equipo de protección personal (EPP) o suministros para el control de infecciones
  • Gastos generales de pruebas, detección, tratamiento, rastreo de contactos y aislamiento de COVID-19 y gastos generales de infraestructura y operaciones de atención médica
  • Gastos relacionados con la identificación de casos, el seguimiento, la notificación oportuna de datos de casos, la identificación de contactos, la caracterización de la transmisión de enfermedades y el seguimiento de las características epidemiológicas relevantes, incluidas la hospitalización y la muerte
  • Coordinación de los mensajes de salud pública y los esfuerzos de información pública de emergencia
  • Costos de nómina, pago por peligrosidad y beneficios
  • Teletrabajo y telemedicina
  • Los costos de construcción asociados con el establecimiento de facilidades de salud temporales, la mejora de las medidas de mitigación, la expansión del acceso de prueba en la comunidad mediante el uso de "sitios de prueba emergentes" y el aumento de la capacidad de tratamiento
  • Gastos de saneamiento y distanciamiento social
  • Capacitación de los empleados necesaria debido a una emergencia de salud pública
  • Respuesta médica de emergencia, incluido el transporte médico de emergencia
  • Utilidades
  • Pagos de alquiler, hipoteca, arrendamiento

Valor de Fondos Aprobados

Los premios para centros de salud calificados a nivel federal se llevarán a cabo en tres fases:

  1. Primera ronda de premios emitidos antes del proceso de concesión basado en la solicitud utilizando una fórmula desarrollada por HFS para asignar un tercio de los fondos asignados según la proporción relativa de los ingresos de Medicaid del año calendario 2019 de cada Centro de salud calificado federalmente.
  2. Segunda ronda de adjudicaciones basadas en una fórmula desarrollada por HFS que determinará la Elegibilidad máxima de financiamiento (“MFE”, por sus siglas en inglés) basada en el año calendario 2019 de ingresos por reclamos de Medicaid de la población de solicitantes esperada. El MFE será revisado y evaluado en función de las dificultades económicas experimentadas por cada proveedor y cualquier financiamiento adicional federal, estatal o relacionado con COVID-19 recibido por cada proveedor para determinar el monto real de la concesión.
  3. Cualquier ronda posterior de adjudicaciones para distribuir los fondos restantes en función de la evaluación y asignación de fondos de HFS para cubrir los gastos incurridos y planificados que no se cubrieron con los fondos recibidos en la primera y segunda ronda de adjudicaciones.

Divulgaciones Adicionales

Al enviar una solicitud de asistencia financiera, usted comprende y acepta estar obligado por los términos y condiciones de un Acuerdo de Subvención entre usted y el Departamento de Atención Médica y Servicios Familiares de Illinois si acepta los fondos otorgados. Aquí puede encontrar un ejemplo del acuerdo de subvención, incluidos sus términos y condiciones. A continuación, se incluyen algunos detalles adicionales sobre la fuente de financiación del programa HFS CARES:

  • Identificación de concesión federal: Fondo de ayuda para el coronavirus
  • Número FAIN: SLT0042
  • Fecha de adjudicación federal: 16 de abril de 2020
  • Descripción del proyecto de adjudicación federal: La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica para el Coronavirus ("Ley CARES") estableció el Fondo de Alivio para el Coronavirus de $150 mil millones ("el Fondo"). Los pagos deben usarse para los gastos necesarios incurridos debido a la emergencia de salud pública con respecto a la Enfermedad del Coronavirus 2019 (COVID-19) entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de diciembre de 2020. Los pagos deben usarse para cubrir costos que no se contabilizaron en el presupuesto aprobado más recientemente el 27 de marzo de 2020. De lo contrario, los gobiernos tienen amplia discreción para utilizar pagos para gastos que van desde pruebas COVID-19 hasta reembolsar a las pequeñas empresas los costos de interrupción de negocios causados por cierres requeridos.
  • Agencia federal adjudicadora: Departamento del Tesoro de EE. UU.
  • Entidad de paso: Departamento de Servicios de Salud y Familia de Illinois
  • Número CFDA: 21.019
  • Nombre CFDA: Coronavirus Relief Fund
  • Designación de I + D: no I + D

Instalaciones especializadas de rehabilitación de salud mental

Visión general

Este flujo de fondos está diseñado para brindar apoyo a las instalaciones especializadas de rehabilitación de salud mental. Fondos según la Sección 50 de la Ley. Los fondos están destinados a cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia de COVID-19 y gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia de COVID-19.

Criterio de elegibilidad

Para ser elegible para recibir asistencia financiera de este flujo de fondos, debe ser un proveedor medico en el estado de Illinois que haya experimentado dificultades económicas en forma de mayores gastos de atención médica, gastos planificados para responder a la pandemia de COVID-19 y / o disminución de la utilización y los ingresos como resultado directo de COVID-19.

Gastos permitidos

Los pagos serán exclusivamente para los gastos incurridos relacionados con la pandemia asociada con el nuevo coronavirus 2019 (COVID-19) Emergencia de salud pública emitida por el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. (HHS) el 31 de enero de 2020 y la emergencia nacional. emitido por el Presidente de los Estados Unidos el 13 de marzo de 2020 entre el 1 de marzo y el 30 de diciembre de 2020. Los fondos están destinados a cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia COVID-19 y los gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia COVID-19. Los gastos elegibles incluyen:

  • Adquisición y distribución de equipo médico duradero y suministros médicos consumibles (y eliminación), equipo de protección personal (EPP) o suministros para el control de infecciones
  • Gastos generales de pruebas, detección, tratamiento, rastreo de contactos y aislamiento de COVID-19 y gastos generales de infraestructura y operaciones de atención médica
  • Gastos relacionados con la identificación de casos, el seguimiento, la notificación oportuna de datos de casos, la identificación de contactos, la caracterización de la transmisión de enfermedades y el seguimiento de las características epidemiológicas relevantes, incluidas la hospitalización y la muerte
  • Coordinación de los mensajes de salud pública y los esfuerzos de información pública de emergencia
  • Costos de nómina, pago por peligrosidad y beneficios
  • Teletrabajo y telemedicina
  • Los costos de construcción asociados con el establecimiento de facilidades de salud temporales, la mejora de las medidas de mitigación, la expansión del acceso de prueba en la comunidad mediante el uso de "sitios de prueba emergentes" y el aumento de la capacidad de tratamiento
  • Gastos de saneamiento y distanciamiento social
  • Capacitación de los empleados necesaria debido a una emergencia de salud pública
  • Respuesta médica de emergencia, incluido el transporte médico de emergencia
  • Utilidades
  • Pagos de alquiler, hipoteca, arrendamiento

Valor de Fondos Aprobados

Los premios para instalaciones de rehabilitación de salud mental especializadas se llevarán a cabo en tres fases:

  1. Primera ronda de adjudicaciones basada en una fórmula desarrollada por HFS que estima el aumento de los costos asociados con la prestación por condiciones de vida peligrosas, ajustada a las restricciones legales. Esta fórmula considera los datos del censo de Medicaid a nivel de la instalación durante el pico de la ola 1 de COVID-19, el tipo de instalación, la concentración de infecciones por COVID-19 en la población general en el código postal de cada instalación, el personal promedio en todo el estado durante el pico de la ola 1 de COVID-19 y el gasto real de la instalación sobre los costos adicionales de personal desde el inicio de COVID-19.
  2. Segunda ronda de premios basada en una fórmula desarrollada por HFS que evaluará los datos del censo de Medicaid y los datos reportados por los solicitantes con respecto a los costos asociados con su respuesta al COVID-19, sus costos planificados para continuar respondiendo y preparándose para olas adicionales de Infección por COVID-19, menor utilización e ingresos como resultado de COVID-19 y otros fondos de COVID-19 recibidos de fuentes federales, estatales u otras agencias.
  3. Cualquier ronda posterior de adjudicaciones para distribuir los fondos restantes en función de la evaluación y asignación de fondos de HFS para cubrir los gastos incurridos y planificados que no se cubrieron con los fondos recibidos en la primera y segunda ronda de adjudicaciones.

Divulgaciones Adicionales

Al enviar una solicitud de asistencia financiera, usted comprende y acepta estar obligado por los términos y condiciones de un Acuerdo de Subvención entre usted y el Departamento de Atención Médica y Servicios Familiares de Illinois si acepta los fondos otorgados. Aquí puede encontrar un ejemplo del acuerdo de subvención, incluidos sus términos y condiciones. A continuación, se incluyen algunos detalles adicionales sobre la fuente de financiación del programa HFS CARES:

  • Identificación de concesión federal: Fondo de ayuda para el coronavirus
  • Número FAIN: SLT0042
  • Fecha de adjudicación federal: 16 de abril de 2020
  • Descripción del proyecto de adjudicación federal: La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica para el Coronavirus ("Ley CARES") estableció el Fondo de Alivio para el Coronavirus de $150 mil millones ("el Fondo"). Los pagos deben usarse para los gastos necesarios incurridos debido a la emergencia de salud pública con respecto a la Enfermedad del Coronavirus 2019 (COVID-19) entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de diciembre de 2020. Los pagos deben usarse para cubrir costos que no se contabilizaron en el presupuesto aprobado más recientemente el 27 de marzo de 2020. De lo contrario, los gobiernos tienen amplia discreción para utilizar pagos para gastos que van desde pruebas COVID-19 hasta reembolsar a las pequeñas empresas los costos de interrupción de negocios causados por cierres requeridos.
  • Agencia federal adjudicadora: Departamento del Tesoro de EE. UU.
  • Entidad de paso: Departamento de Servicios de Salud y Familia de Illinois
  • Número CFDA: 21.019
  • Nombre CFDA: Coronavirus Relief Fund
  • Designación de I + D: no I + D

Proveedores de Otros Servicios Medicos

Visión general

Este flujo de fondos está diseñado para brindar apoyo a los proveedores de servicios de ambulancia y otros proveedores de asistencia médica, excluyendo las instalaciones especializadas de rehabilitación de salud mental según la sección 45 de la ley. Los fondos están destinados a cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia de COVID-19 y gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia de COVID-19.

Criterio de elegibilidad

Para ser elegible para recibir asistencia financiera de este flujo de fondos, debe ser un proveedor inscrito en Medicaid en el estado de Illinois que haya experimentado dificultades económicas en forma de mayores gastos de atención médica, gastos planificados para responder a la pandemia de COVID-19 y / o disminución de la utilización y los ingresos como resultado directo de la pandemia COVID-19. Los siguientes tipos de proveedores pueden ser elegibles para este flujo de financiación:

  • Proveedores de transporte
  • Hospitales (que no sean hospitales especializados)
  • Médicos (médicos, enfermeras practicantes, podólogos, enfermeras registradas, y proveedores de Healthy Kids (EPSDT))
  • Instalaciones Comunitarias de Tratamiento de Salud Conductual y Uso de Sustancias
  • Proveedores dentales
  • Todos los demás proveedores registrados de Medicaid que no califiquen como Centro de atención a largo plazo, Centro de salud calificado federalmente, Centro especializado de rehabilitación de salud mental o una de las categorías mencionadas anteriormente.

Los criterios de elegibilidad adicionales se aplican a los siguientes tipos de proveedores específicos:

  • Hospitales: los hospitales que hayan recibido el 20% o más de sus ingresos netos por atención al paciente en 2018 o 2019 en otros fondos relacionados con la Ley CARES o COVID-19, de fuentes federales, estatales u otras, puede no ser elegibles para el Programa HFS CARES.
  • Médicos:
    • Solo aquellos médicos y grupos de médicos que actualmente reciben pagos directamente del programa de Medicaid son elegibles para solicitar asistencia.
    • HFS determinará el por número de médicos de reclamos de Medicaid presentados y los ingresos de Medicaid recibidos en el año calendario 2019. Solo aquellos médicos y grupos de médicos que cumplan o superen ciertos puntos de referencia, según lo determinado por HFS, de al menos una de estas medidas son elegibles para el Programa HFS CARES.
    • Se dará prioridad a los proveedores de Medicaid de gran volumen. Es posible que los proveedores que no hayan prestado una cantidad significativa de servicios de Medicaid no reciban fondos de CARES.
  • Proveedores comunitarios de salud conductual y tratamiento por uso de sustancias: las entidades que recibieron asignaciones de partidas específicas del estado de Illinois no son elegibles para el programa HFS CARES.
  • Otros tipos de proveedores: HFS determinará el por número de proveedor de servicios de Medicaid proporcionados y los ingresos de Medicaid recibidos en el año calendario 2019. Solo aquellos proveedores o grupos de proveedores que cumplen o superan ciertos puntos de referencia, según lo determinado por HFS, de al menos una de estas medidas son elegibles para la Programa HFS CARES.
    • Se dará prioridad a los proveedores de Medicaid de gran volumen. Es posible que los proveedores que no hayan prestado una cantidad significativa de servicios de Medicaid no reciban fondos de CARES.

Gastos permitidos

Los pagos serán exclusivamente para los gastos incurridos relacionados con la pandemia asociada con el nuevo coronavirus 2019 (COVID-19) Emergencia de salud pública emitida por el Secretario del Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EE. UU. (HHS) el 31 de enero de 2020 y la emergencia nacional emitido por el Presidente de los Estados Unidos el 13 de marzo de 2020 entre el 1 de marzo y el 30 de diciembre de 2020. Los fondos están destinados a cubrir los gastos de atención médica relacionados con la pandemia COVID-19 y los gastos realizados a pesar de las pérdidas de ingresos debido a la pandemia COVID-19. Los gastos elegibles incluyen:

  • Adquisición y distribución de equipo médico duradero y suministros médicos consumibles (y eliminación), equipo de protección personal (EPP) o suministros para el control de infecciones
  • Gastos generales de pruebas, detección, tratamiento, rastreo de contactos y aislamiento de COVID-19 y gastos generales de infraestructura y operaciones de atención médica
  • Gastos relacionados con la identificación de casos, el seguimiento, la notificación oportuna de datos de casos, la identificación de contactos, la caracterización de la transmisión de enfermedades y el seguimiento de las características epidemiológicas relevantes, incluidas la hospitalización y la muerte
  • Coordinación de los mensajes de salud pública y los esfuerzos de información pública de emergencia
  • Costos de nómina, pago por peligrosidad y beneficios
  • Teletrabajo y telemedicina
  • Los costos de construcción asociados con el establecimiento de facilidades de salud temporales, la mejora de las medidas de mitigación, la expansión del acceso de prueba en la comunidad mediante el uso de "sitios de prueba emergentes" y el aumento de la capacidad de tratamiento
  • Gastos de saneamiento y distanciamiento social
  • Capacitación de los empleados necesaria debido a una emergencia de salud pública
  • Respuesta médica de emergencia, incluido el transporte médico de emergencia
  • Utilidades
  • Pagos de alquiler, hipoteca, arrendamiento

Valor del premio

La cantidad de dinero que recibe depende de su tipo de proveedor específico, las dificultades económicas en forma de mayores gastos de atención médica, gastos planificados para responder a la pandemia de COVID-19 y / o disminución de la utilización y los ingresos que los solicitantes han experimentado como un resultado de la pandemia de COVID-19. Detalles adicionales a continuación.

  • Proveedores de transporte
    • Primera ronda de premios basada en una fórmula desarrollada por HFS que determinará la Elegibilidad Máxima de Financiamiento (“MFE”) según la cantidad de viajes de Medicaid en 2019 por cada solicitante. El MFE se revisará y evaluará en función de las dificultades económicas experimentadas por cada proveedor para determinar el monto real de la concesión.
    • Cualquier posterior ronda de premios basada en una fórmula desarrollada por HFS que asignará los fondos restantes en función del número de viajes informados por los solicitantes, evaluados en función de las dificultades económicas experimentadas por cada proveedor para determinar el monto final del premio.
  • Hospitales (que no sean hospitales especializados)
    • Primera ronda de premios dirigida a los hospitales Safety Net. La cantidad total otorgada en esta primera ronda se determinó en función de la cantidad de adjudicaciones federales directas anteriores recibidas por cada red de seguridad.
      • $2,000,000: Red de seguridad para hospitales que recibieron menos de $ 1,000,000 en adjudicaciones federales directas anteriores.
      • $1,000,000: Red de seguridad Hospitales que recibieron entre $ 1,000,000 y $ 10,000,000 en adjudicaciones federales directas anteriores.
      • $500,000: Safety Net Hospitales que recibieron más de $ 10,000,000 en adjudicaciones federales directas anteriores
    • Segunda ronda de premios basada en una fórmula desarrollada por HFS que determinará un MFE basado en los ingresos de reclamaciones de Medicaid del año calendario 2019 de la población de solicitantes esperada. El MFE será revisado y evaluado en función de las dificultades económicas experimentadas por cada proveedor y cualquier financiamiento adicional federal, estatal o relacionado con COVID-19 recibido por cada proveedor para determinar el monto real de la concesión.
    • Cualquier posterior ronda de adjudicaciones basada en una fórmula desarrollada por HFS que asignará los fondos restantes en función de una evaluación de las dificultades económicas restantes experimentadas por cada proveedor para determinar el monto final de la adjudicación.
  • Médicos (médicos, enfermeras practicantes, podólogos, enfermeras registradas, y proveedores de Healthy Kids (EPSDT))
    • Primera ronda de premios basada en una fórmula desarrollada por HFS que determinará un MFE basado en la cantidad total de servicios de Medicaid proporcionados en el año calendario 2019 y el año calendario 2019 Medicaid reclama ingresos de la población de solicitantes esperada. El MFE será revisado y evaluado en función de las dificultades económicas experimentadas por cada proveedor y cualquier financiamiento adicional federal, estatal o relacionado con COVID-19 recibido por cada proveedor para determinar el monto real de la concesión.
    • Cualquier posterior ronda de adjudicaciones basada en una fórmula desarrollada por HFS que asignará los fondos restantes en función de una evaluación de las dificultades económicas restantes experimentadas por cada proveedor para determinar el monto final de la adjudicación.
  • Centros comunitarios de salud conductual y trastornos por uso de sustancias
    • Primera ronda de premios basada en una fórmula desarrollada por HFS que determinará un MFE basado en los ingresos totales de reclamaciones de Medicaid del año calendario 2019 de la población de solicitantes esperada. El MFE será revisado y evaluado en función de las dificultades económicas experimentadas por cada proveedor y cualquier financiamiento adicional federal, estatal o relacionado con COVID-19 recibido por cada proveedor para determinar el monto real de la concesión.
    • Cualquier posterior ronda de adjudicaciones basada en una fórmula desarrollada por HFS que asignará los fondos restantes en función de una evaluación de las dificultades económicas restantes experimentadas por cada proveedor para determinar el monto final de la adjudicación.
  • Todos los demás proveedores registrados de Medicaid que no pertenecen a ninguna de las otras categorías mencionadas específicamente.
    • Adjudicación basada en una fórmula desarrollada por HFS que asignará fondos en base a una evaluación de las dificultades económicas experimentadas por cada proveedor para determinar los montos finales de la adjudicación.

Divulgaciones Adicionales

Al enviar una solicitud de asistencia financiera, usted comprende y acepta estar obligado por los términos y condiciones de un Acuerdo de Subvención entre usted y el Departamento de Atención Médica y Servicios Familiares de Illinois si acepta los fondos otorgados. Aquí puede encontrar un ejemplo del acuerdo de subvención, incluidos sus términos y condiciones. A continuación, se incluyen algunos detalles adicionales sobre la fuente de financiación del programa HFS CARES:

  • Identificación de concesión federal: Fondo de ayuda para el coronavirus
  • Número FAIN: SLT0042
  • Fecha de adjudicación federal: 16 de abril de 2020
  • Descripción del proyecto de adjudicación federal: La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica para el Coronavirus ("Ley CARES") estableció el Fondo de Alivio para el Coronavirus de $150 mil millones ("el Fondo"). Los pagos deben usarse para los gastos necesarios incurridos debido a la emergencia de salud pública con respecto a la Enfermedad del Coronavirus 2019 (COVID-19) entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de diciembre de 2020. Los pagos deben usarse para cubrir costos que no se contabilizaron en el presupuesto aprobado más recientemente el 27 de marzo de 2020. De lo contrario, los gobiernos tienen amplia discreción para utilizar pagos para gastos que van desde pruebas COVID-19 hasta reembolsar a las pequeñas empresas los costos de interrupción de negocios causados por cierres requeridos.
  • Agencia federal adjudicadora: Departamento del Tesoro de EE. UU.
  • Entidad de paso: Departamento de Servicios de Salud y Familia de Illinois
  • Número CFDA: 21.019
  • Nombre CFDA: Coronavirus Relief Fund
  • Designación de I + D: no I + D

Asistencia en centros de atención a largo plazo de ARPA

Visión General

El presupuesto estatal de Illinois para el año fiscal 22 incluye un total de $75 millones en fondos de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense (ARPA) para proveedores de atención a largo plazo. Los usos se describen en el lenguaje correspondiente en la Ley de implementación del presupuesto del año fiscal 22 (BIMP; consulte 305 ILCS 5 / 5-5.7a (7) y (8)). Hay porcentajes de transferencia específicos para julio, agosto y septiembre de 2021 que se pagarán a los trabajadores de primera línea de la siguiente manera: 50% para julio, 62,5% para agosto y 75% para septiembre de 2021. Los fondos restantes se pueden utilizar para propósitos relacionados con COVID-19, como se describe.

El nuevo financiamiento para el apoyo financiero de los trabajadores en los centros de atención a largo plazo se produce en medio de una amenaza duradera para los residentes y el personal de los centros de enfermería debido a la pandemia de COVID-19, ya que el gobierno federal hace planes para implementar un requisito de vacunación contra el COVID-19 para el personal de los centros de enfermería, inmediatamente después de la emisión por parte del Gobernador de un mandato de vacunas para todos los trabajadores en las instalaciones de atención médica de Illinois, y dado que la escasez de enfermeras sigue siendo una preocupación en Illinois y en todo el país.

A continuación se describe la fórmula y las pautas que la acompañan con las que se distribuirán los fondos de ARPA a los centros de enfermería que prestan servicios activamente al programa de Medicaid según lo prescrito por la Asamblea General de Illinois.

  • HFS ha establecido una tarifa para distribuir los $75 millones utilizando los últimos datos de personal disponibles para el total de horas de enfermería en todo el estado.
    • La participación de cada centro en la distribución de $75 millones refleja su participación estimada del total de horas de enfermería para el último trimestre disponible.
    • Los niveles de personal se basaron en las horas de enfermería del Diario federal basado en nómina para el 4to trimestre de 2020, donde esté disponible.
    • Cada centro recibirá $4.43 por hora de enfermería, a niveles de personal de enfermería previamente observados, por cada uno de los tres meses incluidos en la distribución de $75 millones.
  • Los centros de enfermería deben gastar el porcentaje mensual de transferencia a los trabajadores de primera línea en los siguientes usos relacionados con la pandemia:
    • Bonificaciones por vacunas pagadas el 3 de marzo de 2021 o más tarde
    • Pago de bonificación pandémica a los empleados a partir del 1 de julio de 2021 (riesgo, héroe, pago de prima y salarios de prima, u otros aumentos salariales temporales)
    • Beneficios temporales como guarderías, etc. proporcionados el 1 de julio de 2021 o más tarde
    • Bonos de firma para nuevos empleados pagados el 3 de marzo de 2021 o más tarde
  • Los centros de enfermería pueden gastar el resto de sus distribuciones en los usos anteriores o en otro apoyo financiero para sus trabajadores proporcionado a partir del 3 de marzo de 2021, u otros fines permitidos por los párrafos (7) y (8) de 305 ILCS 5 /. 5-5.7a, que incluye los propósitos permitidos por la Sección 9901 de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense de 2021, incluidos, entre otros:
    • Pago de los gastos de educación para mejorar la contratación de personal de atención directa
    • Capacitación mejorada y ampliada para el personal del centro de enfermería para lograr mejores resultados para los pacientes, como capacitación en control de infecciones, equipo de protección personal adecuado, mejores prácticas en la calidad de la atención y comunicaciones con el paciente culturalmente competentes
    • Formas adicionales de apoyo financiero relacionado con la pandemia para la fuerza laboral del centro de enfermería (a especificar por el proveedor)
    • Costos incurridos debido a la Emergencia de Salud Pública COVID-19
    • Costos no reembolsados por las pruebas y el tratamiento de COVID-19
    • Costos de la mitigación y prevención de COVID-19
    • Gastos médicos relacionados con el cuidado posterior o la atención prolongada para pacientes con COVID-19 con síntomas y efectos a más largo plazo

Red de seguridad ARPA y otra asistencia hospitalaria

Visión General

El presupuesto estatal de Illinois para el año fiscal 22 incluye un total de $180 millones en fondos de la Ley del Plan de Rescate Americano (ARPA) para los hospitales de Illinois ($30 millones para los hospitales Safety-Net y $150 millones para todos los demás hospitales). Los usos se describen en el lenguaje correspondiente en la Ley de implementación del presupuesto del año fiscal 22 (BIMP; consulte 305 ILCS 5 / 5-5.7a (7)).

La nueva financiación para hospitales se produce en medio de una amenaza duradera para el personal y los pacientes de la pandemia de COVID-19, ya que el gobierno federal hace planes para implementar un requisito de vacunación de COVID-19 para el personal del hospital, inmediatamente después de la emisión del gobernador de un mandato de vacuna para todos. trabajadores en las instalaciones de atención médica de Illinois, y como la escasez de personal hospitalario sigue siendo una preocupación en Illinois y en todo el país.

A continuación se describe la fórmula y las pautas que la acompañan con las que se distribuirán los fondos de ARPA a los hospitales y hospitales de la red de seguridad que prestan servicios activamente al programa de Medicaid según lo prescrito por la Asamblea General de Illinois:

  • HFS ha establecido una tarifa para distribuir los $180 millones utilizando los pagos dirigidos por el hospital del programa de evaluación del hospital.
    • o Los $180 millones en fondos ARPA se dividieron en 4 cuotas trimestrales iguales.
    • o La parte de la cuota trimestral de cada hospital refleja su parte estimada del total dirigido por el programa de evaluación hospitalaria realizado a los hospitales en ese trimestre, con un ajuste realizado para los fondos asignados directamente a dichos hospitales en el presupuesto estatal de Illinois para el año fiscal 22.
  • Los hospitales pueden gastar sus distribuciones en propósitos permitidos por los párrafos (7) de 305 ILCS 5 / 5-5.7a que incluye propósitos permitidos por la Sección 9901 de la Ley del Plan de Rescate Americano de 2021 de la siguiente manera:
    • Pago de primas, como se define ese término en la Regla final provisional del Tesoro (Regla final provisional (Treasury.gov)). El pago de la prima incluye, entre otros, lo siguiente:
    • o Bono(s) de vacuna(s)
    • o Pago de bonificación por pandemia (peligro, héroe u otras bonificaciones temporales únicas)
    • o Aumentos salariales temporales
    • Nómina y gastos de beneficios cubiertos para seguridad pública, salud pública, atención médica, servicios humanos y empleados similares en la medida en que el tiempo del empleado se dedique a mitigar o responder a la emergencia de salud pública COVID-19 (Regla final provisional (Treasury.gov))

Asistencia en instalaciones de salud mental especializadas de ARPA

Visión general

Próximamente en poco tiempo.